Declaración de la Comisión Ejecutiva de la Conferencia Episcopal Argentina

Ante la reciente aprobación por el Congreso de la Nación de las leyes de Muerte Digna e Identidad de Género, hemos creído oportuno expresar, especialmente a nuestros fieles pero también a la opinión pública, el pensamiento de la Comisión Ejecutiva del Episcopado Argentino sobre estos temas.

1 - En la llamada ley de Muerte Digna creemos que se ha avanzado en aspectos referidos a la proporcionalidad de los medios a utilizar en enfermos terminales, que eviten un encarnizamiento terapéutico. Mantener una vida con medios artificiales no siempre es moralmente obligatorio. Es destacable, también, la importancia dada a la voluntad del paciente y de sus familiares, como parte de los derechos personalísimos del enfermo. El rechazo de estos medios artificiales no sólo es válido, puede ser recomendable. Valoramos, por otra parte, la prohibición de la eutanasia.

Lamentamos, sin embargo, que entre estos medios se haya incluido el posible rechazo de la "hidratación y alimentación", como si fueran medios desproporcionados, siendo, por el contrario, un acto humanitario que hace a una muerte digna. Su privación, en cambio, sería una eutanasia pasiva.

2 - Respecto a la ley de Identidad de Género, si bien se ha buscado responder a una realidad que presenta sus reclamos, no se ha tenido en cuenta el significado objetivo del dato biológico como elemento primario en una legislación sobre el tema de identidad sexual. La diversidad sexual no depende sólo de una decisión o construcción cultural, sino que tiene su raíz en un dato de la naturaleza humana que presenta su propio lenguaje y significado. Desconocer el valor y el alcance de este hecho debilita el sentido de la sexualidad que, en su diversidad y complementariedad, debe orientar tanto la vida de las personas como la tarea educativa y legislativa.

La necesaria educación sexual debe estar orientada, desde la infancia, a valorar el sentido y la riqueza de la sexualidad. Consideramos muy grave que la ley permita manipular la identidad sexual de los niños y dañarla de modo, tal vez irreversible e incluso en contra de la voluntad de sus padres.

Estas afirmaciones no significan desconocer la realidad de personas que sufren por estos motivos. La ley, en cuanto ordenamiento de la comunidad, debe tratar todo reclamo en el marco jurídico adecuado y con las garantías que ello implica. Pero, dejar el tema de la identidad sexual a un libre sentir o decisión de la persona, no corresponde a la certeza jurídica que debe ofrecer una legislación a la sociedad. La naturaleza no limita, en este caso, los derechos de la persona, sino que muestra con su lenguaje el sentido de la sexualidad como un principio que debe orientar tanto la educación como el contenido de las leyes de una comunidad.

3 - En ambos casos es importante que se respete el derecho a la objeción de conciencia, de quienes vean afectadas sus sinceras y profundas convicciones éticas por la obligación de aplicar estas leyes.

4 - Hemos creído conveniente expresar nuestro juicio y reflexión con el debido respeto y como un servicio, en orden a colaborar "e iluminar la aplicación de la razón al descubrimiento de principios morales objetivos" (Benedicto XVI, discurso en Westminster Hall, 17/9/2010), que actúan como fuente de toda normativa justa.

Buenos Aires, 16 de mayo de 2012

Mons. José María Arancedo

Mons. Virginio Bressanelli

Mons. Mario Cargnello

Mons. Enrique Eguía

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11 Comments

  1. Carlos Renato Cengarle dice:

    Padre Fabian: me considero catolico y he tratado de guiarme con la Doctrina Social de la Iglesia en mi quehacer médico. Me ayudo mucho la lectura de la enciclica Humanae Vita. Coincido que la hidratacion y la alimentacion son elementos basicos en cualquier persona, en cual estado. Sin embargo, si consideramos un medio extraordinario el reemplazo de un organo, en estos casos estaríamos reemplazando el ESOFAGO, lo cual haría que deje de ser un metodo ordinario. Ademas, hemos aprendido que los pacientes en estado terminal, se benefician mucho mas de la restriccion de liquidos, ya que no tienen tantas secreciones que le dificulten la respiración y al no alimentarse entran en estado de cetoacidosis, lo cual libera endorfinas que hace mas efectivos los medicamentos analgesicos. En sintesis, me parece que algunos sacerdotes que opinan como usted, no han hablado lo suficiente con los medicos que estamos en la trinchera entre la vida y la muerte, y que a traves de un dialogo se podrían acercar posiciones. Permitame enviarle un abrazo y quedo a sus ordenes para aclarar mi punto de vista. Dr Carlos R. Cengarle MN 56.281

    1. Estimado: antes que nada, te quisiera aclarar dos cosas.

      En primer lugar, el texto que comentas no es mío sino de la Comisión Permanente de la CEA (por eso el título y las firmas al final).

      En segundo lugar, me considero alguien que tiene los rudimentos básicos de bioetica adquiridos en el Seminario. Por eso no suelo opinar personalmente sobre el tema (se daría en lo concreto eso de "meterse en camisa de once varas") sino que me limito a difundir las enseñanzas de la Iglesia. Cuando se hacen afirmaciones oficiales de parte de la Iglesia simpre van acompañadas no solo de la opinión de teólogos moralistas sino, sobre todo, con el suficiente aval científico para sustentarlas. Y cuando tengo dudas sobre casos concretos suelo consultar a un sacerdote de mi Arquidiócesis que está especializado en Teología Moral en lo concerniente a la bioética (el cual, dicho sea de paso, es miembro de las comisiones de bioética de dos sanatorios de la ciudad de Paraná).

      Más allá de esta aclaración, veo que coincidimos en todo. Pues vos hacés un comentario sobre un tema al cual los Obispos no se pronunciaron en el comunicado. Ellos dicen: "Lamentamos, sin embargo, que entre estos medios se haya incluido el posible rechazo de la "hidratación y alimentación", como si fueran medios desproporcionados, siendo, por el contrario, un acto humanitario que hace a una muerte digna. Su privación, en cambio, sería una eutanasia pasiva."

      Por tu parte, el comentario es sobre otro tema. Donde ellos hablan de "privación" vos hablas de "restricción". De acuerdo al diccionario privar es equivalente a anular y restringir a reducir o limitar. Creo que es evidente que son dos temas distintos.

      Si lo que vos proponés es en el marco de una acción terapeutica para dar mejor calidad de vida (o de muerte) en la atención del dolor, pero sin intención de hacer algo que directamente quite la vida del paciente ("privar alimentación o hidratación") eso es algo que está alentado por la Iglesia. Te cito el catecismo: "Aunque la muerte se considere inminente, los cuidados ordinarios debidos a una persona enferma no pueden ser legítimamente interrumpidos. El uso de analgésicos para aliviar los sufrimientos del moribundo, incluso con riesgo de abreviar sus días, puede ser moralmente conforme a la dignidad humana si la muerte no es pretendida, ni como fin ni como medio, sino solamente prevista y tolerada como inevitable. Los cuidados paliativos constituyen una forma privilegiada de la caridad desinteresada. Por esta razón deben ser alentados." (2279)

      1. Carlos Renato Cengarle dice:

        La intencion es lo que diferencia la eutanasia de la muerte digna. Me ha pasado con pacientes que pedían desesperados que les quitase la falta de aire (por ejemplo en metastasis masivas en pulmon) y basados en Humanae Vita proporcionamos medicamentos que de alguna forma deprimian el centro respiratorio, si bien paralelamente lo aliviabamos. No era nuestra intencion hacer eutanasia, pero si aliviar el sufrimiento del paciente, contando con una medicina que aun actualizada no deja de ser imperfecta.

        Creo que lo que ud. dice y lo que opino yo, en lo sustancial no es demasiado diferente. Uno no busca acortar voluntariamente la vida sino propiciar un medio más digno para el bien morir.

        En mi experiencia una muerte sin angustia ni dolores le permite al paciente prepararse mejor psicologica y espiritualmente.

        Quizá la forma de expresarse la Comisión Episcopal no es la más optima para llegar a mis colegas. Me parece que deberían revisar el tema y sus opiniones de la hidratacion y alimentacion en un paciente terminal (realmente terminal), pues en esos casos hasta llegan a prolongar la muerte y no la vida. Conozco a muchos asesores que jamas tocaron un paciente, nunca estuvieron en una terapia y solo vieron pacientes en el Discovery Channel. Sin embargo opinan, porque tienen un titulo (lamentablemente en Argentina hay demasiados).

        La disminucion de las secreciones (por restricción liquida) y el estado de cetoacidosis (por restriccion de alimentos), en esos casos, y solo en esos casos, es altamente positiva y cualquier médico que haga cuidados paliativos puede hablarle de sus bondades.

        Como médico internista y catolico me gustaría que le llegase mi mensaje a la Comision Episcopal, pero sacandolo a Ud., nunca he tenido respuestas a mis correos.

      2. Vuelvo a insistir que lo que decís (lo cual estoy totalmente de acuerdo) es distinto de lo que dijeron los Obispos. Ellos se refirieron a lo que sería algo enmarcado en el un caso como el de Eluana Englaro: es algo distinto a lo que sería algo enmarcado en erl principio del doble efecto, que es a lo cual te referís vos.
        (Dicho sea de paso, creo que el documento al cual te refieres es el de Juan Pablo II "Evangelium Vitae" y no el de Pablo VI: "Humane vitae").

  2. Carlos Renato Cengarle dice:

    Si, es cierto. Es Evangelium Vitae donde se expresa " Ya Pío XII afirmó que es lícito suprimir el dolor por medio de narcóticos, a pesar de tener como consecuencia limitar la conciencia y abreviar la vida, «si no hay otros medios y si, en tales circunstancias, ello no impide el cumplimiento de otros deberes religiosos y morales».(79) En efecto, en este caso no se quiere ni se busca la muerte, aunque por motivos razonables se corra ese riesgo. Simplemente se pretende mitigar el dolor de manera eficaz, recurriendo a los analgésicos puestos a disposición por la medicina. Sin embargo, «no es lícito privar al moribundo de la conciencia propia sin grave motivo»: (80) acercándose a la muerte, los hombres deben estar en condiciones de poder cumplir sus obligaciones morales y familiares y, sobre todo, deben poderse preparar con plena conciencia al encuentro definitivo con Dios.

    Le agradezco que me haya contestado, pero es indignante que desde la cúpula de la iglesia se ofenda gratuitamente a tantos medicos que intentan ser consecuentes con la ciencia y con principios morales básicos, en los momentos dificiles de las "decisiones al final de la vida"

  3. Carlos Renato Cengarle dice:

    Agrego y aclaro: yo utilizo indistintamente los términos Restrictivo y Privativo como sinónimos (gramaticalmente un error, es posible) y hago referencia directamente a que medicamente en el enfermo terminal, llega el momento en que es conveniente dejarlo con aporte cero de agua y alimentos, por las razones arriba expuestas. Atte.

    1. Desgraciadamente no son sinónimos y al usarlos como tal se confunde la discusión. El diccionario de la Real Academia define así:
      restrictivo, va.
      (Del lat. restrictum, supino de restringĕre, restringir).
      1. adj. Que tiene virtud o fuerza para restringir y apretar.
      2. adj. Que restringe, limita o acorta.
      restringir.
      (Del lat. restringĕre).
      1. tr. Ceñir, circunscribir, reducir a menores límites.
      2. tr. Apretar, constreñir, restriñir.
      privativo, va.
      (Del lat. privatīvus).
      1. adj. Que causa privación o la significa.
      2. adj. Propio y peculiar singularmente de alguien o algo, y no de otros.
      privación.
      (Del lat. privatĭo, -ōnis).
      1. f. Acción de despojar, impedir o privar.
      2. f. Carencia o falta de algo en alguien capaz de tenerlo.
      3. f. Pena con que se desposee a alguien del empleo, derecho o dignidad que tenía, por un delito que ha cometido.
      4. f. Ausencia del bien que se apetece y desea.
      5. f. Renuncia voluntaria a algo.

      Estas discusión no es sobre palabras sino sobre las realidades a las cuales ellas apuntan. Y los términos usados no son sinónimos porque marcan dos actitudes existenciales muy distintas: restrictivo hace referencia a tomar desiciones que, aceptando un fin inminente de la vida, llevan a acompañar el descenlace sin encarnizamiento terapeutico y buscando el bienestar físico y espiritual del paciente. A esto te refieres vos con tus actitudes de vida como médico.
      Los Obispos hablan de privación ya que, también aceptando el fin inminente de la vida, se decide hacer o dejar de hacer algo (agua y alimentos) con el fin de que ese desenlace se produzca antes. A esto el catecismo le dice eutanasia pasiva y no es lo que afirmás vos en tus comentarios sobre tus actividades personales.
      Si no captamos esa diferencia toda discusión es estéril porque, insisto, no es sobre palabras sino sobre actitudes existenciales concretas. Si no establecemos esta diferencia esencial y son sinónimos ambos términos entonces tenés razón en decir que "es indignante que desde la cúpula de la iglesia se ofenda gratuitamente a tantos medicos que intentan ser consecuentes con la ciencia y con principios morales básicos, en los momentos dificiles de las “decisiones al final de la vida”". Pero la cúpula eclesial va por otro lado en su declaración.

      1. Carlos Renato Cengarle dice:

        Lamento que no se entienda o que acaso yo no me pueda explicar. DOnde ud. dice: "se decide hacer o dejar de hacer algo (agua y alimentos) con el fin de que ese desenlace se produzca antes" es un concepto erroneo. Al contrario, creo que en los ultimos momentos del paciente, suspender esos alimentos no solo le da mejor calidad de muerte, sino que incluso les prolonga la duracion de la "vida", ya que no tiene secreciones abundantes (respira mejor) y entra en cetoacidosis (por el ayuno). Le repito, me parece que es un tema de malos asesores cientificos de la iglesia, lo cual no parece haber mejorado demasiado en este sentido desde los tiempos del Juicio a Galileo Galilei.

      2. Es evidente que no te sabés explicar. ¿Qué significa "último momentos del paciente"? Si estamos hablando de ¿un día o una semana?, cuando ya se han "disparado todos los procesos organicos para el descenlace cercano de la muerte" (vos lo explicarás con palabras médicas, yo no las domino) entonces es "restringir". Es el contexto de evitar un encarnizamiento terapeutico que no le hace nada bien a nadie: ni enfermo ni familiares.
        Pero si estamos hablando en casos como el que te cité (Eluana) o el más cercano de Gustavo Cerati entonces el quitar la alimentación y el agua es desencadenar un proceso que no es inminente: la muerte. A eso la Iglesia le llama eutanasia pasiva. Si no estás de acuerdo con el término, no hay problema: no estás obligado a estar de acuerdo. Pero creo que es evidente que se tratan de dos problemáticas distintas.
        Ahh... mi experiencia me dice que cuando sacan a relucir lo de Galileo es porque se han metido en un berenjenal del cual no saben como salir airosos... amén de que seguro que ni siquiera saben de que se trató exactamente el caso de Galileo. Es recomendable leer cosas como esta para no caer en cuestiones ideológicas a priori sobre el verdadero significado del juicio a Galileo.

      3. Carlos Renato Cengarle dice:

        Simplemente por respeto a la figura sacerdotal, doy por teminada esta discusión semantica. Veo que entiende poco y nada de la diferencia entre un estado vegetativo persistente y un enfermo terminal. Asi no se puede debatir nada. Hay criterios especificos para definir un enfermo terminal. Ceratti no es un enfermo terminal.

        Pero en fin, esta la iglesia que tenemos. Dogmatica, incapaz de la duda fecunda. Y por sobre todo, soberbia. Jesus mismo lo dijo: por los frutos conocereis el arbol. Asi, que mejor no miremos (o si...) los frutos de la iglesia catolica en el ultimo siglo. Adios.

      4. Tres cosas, y nada más luego de esto:
        1. Desde el comienzo dije que no domino términos médicos por lo cual normalmente no hablo de estos temas y se los dejo a los especialistas en la materia. Si continué el dialogo es porque opinaba sobre tus respuestas... nada más (opinión no es afirmar sino crecer a través de la "duda fecunda": claro que en mi caso la duda no es la cartesiana del conocimiento de la realidad externa a mi conciencia sino solamente de la expresión semántica de la realidad dada... del "relato" para estar más de moda en los términos).
        2. Cité el caso de Ceratti, con un link, porque fue noticia, antes de la ley, el que la mamá no quería pedir para él la eutanasia. Simplemente es un ejemplo para hacer esa diferencia que vos decís que yo no se hacer entre culminar abruptamente un "estado vegetativo persistente" y conducir el proceso final de una "enfermo terminal". En la diferencia entre esos dos conceptos está lo que he querido decir que confundimos. Los Obispos hablaron de eutanasia pasiva en cortar algo relacionado con el caso Ceratti (que la formulación de la nueva ley da pié para hacerlo). A lo que vos has dicho que practicás nunca se lo llamó eutanasia: al contrario, la Iglesia advierte contra el encarnizamiento terapeutico de querer mantener viva a una persona a toda costa... sobre todo con gran erogación económica de parte de los familiares que los endeuda por largo tiempo.
        3. Galileo... dogmática... soberbia... malos frutos... Bueno, que querés que te diga: no soy yo el que tiene preconceptos negativos. Eso sí, agradezco que tengas "respeto a la figura sacerdotal". En fin.